Compliance

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Artículo 31 bis CP

A) Las personas jurídicas serán plenamente responsables de los delitos cometidos en nombre o por cuenta de las mismas, y en su beneficio directo o indirecto:

  • Por sus representantes legales
  • o para aquellos que están autorizados para tomar decisiones en nombre de la persona jurídica o ostentan facultades de organización y control dentro de la misma.

B) También serán responsables las personas jurídicas los delitos cometidos en el ejercicio de las actividades por su empleados. En las actuaciones realizadas por cuenta y en beneficio directo o indirecto de la empresa por no haberse ejercido sobre ellos el debido control...

La definición, implantación y acreditación de un MODELO DE PREVENCIÓN DE DELITOS (MPD) es necesario para evitar posibles sanciones y responsabilidades penales para la empresa, los administradores y su equipo directivo.